Ante el panorama complicado que atraviesa nuestro país y el mundo por el aislamiento social obligatorio; los sectores económicos se han visto afectados. Las micro, pequeñas y medianas empresas han reducido sus ingresos mensuales, los empleados han visto disminuidos sus sueldos y a los trabajadores independientes les será más difícil obtener una retribución económica que cubra sus necesidades básicas, por no tener sueldo fijo. Esta coyuntura tendrá repercusión sin lugar a dudas en los alquileres, afectando los ingresos de los arrendadores.

Ante ello deberás considerar el negociar tu contrato de arrendamiento.

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¿Qué hacer?

Deberás negociar. Cada caso es singular y diferente, lo importante es que ambas partes piensen en el otro, todos en estas circunstancias vamos a sufrir una pérdida económica, lo conveniente es que ésta pérdida, sea lo menos posible.

Honestidad ante todo

Para evitar mayores pérdidas, ambas partes deberán transparentar su situación para llegar a un acuerdo. Si pactamos la resolución del contrato (que también es una posibilidad) debemos estar conscientes que encontrar un nuevo inquilino tomará su tiempo (más aún en pandemia) y consecuentemente no tendremos ningún ingreso económico, además de asumir los costos de los servicios. Esta medida sólo es recomendable cuando el arrendatario es deudor, y lo mejor que podríamos hacer es que se retire lo antes posible.

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Si el arrendatario cumple con sus obligaciones, debemos valorarlo. Un buen inquilino no es fácil de conseguir. Más en estas circunstancias. Tenemos que lograr que el arrendatario se sincere. Como arrendador deberás preguntarle a tu inquilino ¿Cuál es su situación actual? ¿Cuáles son sus planes? y si está realizando alguna otra actividad para generar ingresos.

Por otro lado, tú como arrendador también tendrás que realizar un análisis sobre el sector en que se encuentra tu inquilino no sólo a nivel del Perú sino en el escenario mundial.

Si te es posible rebajarle la renta durante 1 o dos meses, hazlo. ¿Cuanto? Cada caso es diferente. Una figura muy usada en la primera etapa fue el prorrateo; rebajar al inicio un 40% o 50%, dependiendo de la situación concreta, y el monto no pagado cargarlo a los meses posteriores sumado a la renta. En realidad, no has perdido, sólo estas trasladando el monto del pago a los meses posteriores.

¿Cómo se plasman estos acuerdos?

Todos estos acuerdos van a requerir de una cláusula adicional o adenda, es decir, una modificación al contrato original. Esta adenda tiene que ser por firma legalizada ante notario público.